Una vez más fuimos burlados, seguimos siendo los últimos de la fila. El 2020 fue un año duro, de poco trabajo e ingresos reducidos y, como si fuera poco, quienes deberían representarnos con el sueldo que pagamos con nuestros impuestos, nos engañan, nos muerden la misma mano con las que le damos de comer.
Sucede que hace pocos días fuimos sorprendidos con la noticia de la existencia de un lote de 3,200 vacunas desconocido, esto es, un lote adicional a las 12,000 unidades que llegaron al Perú para ensayos clínicos, se trata de un grupo de vacunas que llegaron ¿de regalo? sin publicidad ni parafernalia, cuya custodia y administración fue gestionada de manera incluso hasta hoy desconocida, de hecho, ya sabemos que una parte de estas fueron aplicadas a un grupo selecto de funcionarios públicos y sus familiares, entre ellos nada menos que nuestro Ex Presidente de República, Martín Vizcarra Cornejo.
Tan pronto salió la noticia, horas después el Ministerio Público, a través de un comunicado en sus redes sociales, informó que dispuso el inicio de una investigación preliminar contra el ex presidente Martín Vizcarra por la presunta comisión de los delitos Contra la Administración Pública, en las modalidades de Concusión y Negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo. Ambos delitos son de exclusiva comisión por parte de funcionarios o servidores públicos.
Es importante recordar que esta primera fase de la investigación se da inicio únicamente con la sospecha simple de la comisión de algún delito, luego, si durante el curso de ella el Ministerio Público encuentra indicios suficientes de su presunta comisión pasará a la siguiente etapa (Investigación Preparatoria), para ello elaborará una teoría de cómo ocurrieron los hechos, individualizando personas, conductas y tipificandolos dentro de los delitos que corresponda. Siendo el investigado un Expresidente de la República, antes de dar inicio a la siguiente fase, el Ministerio Público también requerirá Del levantamiento de sus fueros ante el Congreso de la República a través de un antejuicio.
En el caso del delito de Concusión, en esta etapa de investigación preliminar, el Ministerio Público buscará reunir principalmente elementos de convicción que den cuenta de la existencia de un abuso en el cargo por parte de las personas investigadas, entre ellos el Ex Presidente Martín Vizcarra, para obligar o inducir al Dr. Málaga, en su condición de custodio y responsable de la administración de este lote de vacunas adicionales con fines, supuestamente, de inmunizar al equipo de investigación, a darle indebidamente un beneficio patrimonial, que en el presente caso no sería otra cosa que la inoculación de vacunas en su favor y personas allegadas a él.
Respecto al elemento “abuso del cargo”, soy de la opinión que este podría resultar sencillo de sostener en términos de argumentación al Ministerio Público, sobre la base de la antojadiza selección de la lista de beneficiados de dicho lote. Por contrario, probablemente la dificultad será encontrar elementos indiciarios que soporten de manera suficiente, más allá de una sospecha simple, la existencia de un mandato imperativo o inducción al Dr. Malaga para que entregue o prometa entregar o inocular determinada cantidad de unidades de vacunas del lote adicional.
En el caso del otro delito que investigará la Fiscalía, es decir Negociación Incompatible o aprovechamiento indebido del cargo, el Ministerio Público buscará indicios suficientes de la existencia de un interés indebido por parte de los investigados en el contrato de adquisición de vacunas al laboratorio Sinopharm, es decir un ánimo de direccionar indebidamente el proceso de adquisición de las vacunas para favorecer a un proveedor en detrimento de otro, seguramente para ello la fiscalía trabajará sobre la base de las vacunas entregadas fuera del stock reportado.
Una vez más, lo que quizás genere alguna controversia, será vincular al Ex Presidente Martín Vizcarra y algunos otros investigados con el proceso de compra de Vacunas, pues, en términos teóricos, uno de los elementos necesarios para configurar este delito es que el funcionario público imputado tenga participación con capacidad real y legal en la toma de decisiones relacionadas al contrato, sin embargo, es importante recordar que ya existen pronunciamientos judiciales donde se reconoce también la participación de hecho del investigado, esto es, sin importar su vinculación funcional por razón del cargo que ocupa.
Como lo señalé al comenzar este comentario, tan sólo se trata del inicio de una investigación preliminar, el detalle de lo ocurrido es hasta hoy incierto, sólo estamos seguros que no existió un procedimiento regular para la selección de personas “favorecidas” con las vacunas, entre ellos un grupo de empresarios, familiares de funcionarios públicos vinculados al gobierno y miembros de la Universidad Nacional Cayetano Heredia. Seguramente en el transcurso de las próximas semanas también se conocerá del inicio en otra fiscalía de una investigación preliminar contra el Dr. Germán Málaga y otros miembros del grupo de investigación del ensayo clínico de Sinopharm por el presunto delito de Peculado por extensión, ello por su condición de custodios y responsables de la administración de este lote de vacunas, esto último en la medida que se entienda a dichas vacunas como bienes del Estado con fines asistenciales o de apoyo social.