AUTOR: EDGARD RAMIREZ RIOS
El Servicio de Publicidad Registral en Línea “SPRL”, es una plataforma que permite acceder a la base de datos que contiene los índices de los distintos registros, las imágenes de las partidas registrales y de los títulos almacenados que consten en formato digital de las oficinas registrales a cargo de la SUNARP, con la finalidad que los usuarios puedan obtener información que se encuentre disponible.
Así mismo a través de esta plataforma, los usuarios pueden solicitar publicidad formal certificada de los distintos.
Es en atención a este último servicio que se brinda por la Plataforma SPRL que, a través de la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos No. 058-2020-SUNARP/SN del 29 de mayo pasado, SUNARP ha aprobado la ampliación de expedición de certificados literales con firma electrónica y código de verificación a partir del 01 de junio para el caso de bienes muebles y, el 08 de junio para el caso de los demás registros; con la finalidad de mejorar, garantizar la prestación de servicios adicionales a los usuarios a nivel nacional, como los son la emisión de certificados literales de los distintos registros de la SUNARP, pero principalmente se busca conesta medida que los usuarios no tengan la necesidad de acudir a una oficina registral y poner en riesgo su salud frente a la pandemia “Covid-19”.
Pero veamos cómo funciona este nuevo servicio registral que, trámites y/o solicitudes virtuales podrán realizar los usuarios.
1.- ¿Cómo funciona la Plataforma SPRL?
1.1.- El usuario debe acceder al Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL), mediante la página web de la SUNARP “www.sunarp.gob.pe”. Para ello, previamente deben crear un usuario en forma gratuita y, pagar con tarjeta de débito o crédito Visa el consumo por el certificado literal o servicio solicitado.
1.2.- Efectuado el pedido, el usuario recibirá en su correo electrónico asignado, el certificado literal expedido por la SUNARP con firma electrónica; documento que tiene la misma validez legal al documento físico, que se venía emitiendo por esta entidad.
2.- ¿Qué certificados literales se pueden solicitar?
2.1.- Para el caso del Registro de la Propiedad Inmueble, se pueden solicitar:
– Certificado de Gravámenes y Cargas.
– Certificado Positivo de Propiedad.
– Certificado Negativo de Propiedad.
2.2.- Para el caso del Registro de la Personas Jurídicas, se pueden solicitar:
– Certificado de Vigencia de Poder de Persona Jurídica.
– Certificado de Vigencia de Órgano Directivo.
– Certificado Positivo/Negativo de Persona Jurídica.
2.3.- Para el caso del Registro de la Personas Naturales, se pueden solicitar:
– Certificado de Vigencia de Poder de Personas Naturales.
– Certificado Positivo/Negativo de Unión de Hecho.
– Certificado Positivo/Negativo de Sucesión Intestada.
– Certificado Negativo del Registro Personal.
2.4.- Para el caso del Registro de Bienes Muebles, se pueden solicitar:
– Certificado Registral Vehicular.
– Certificado de Cargas y Gravámenes de Aeronaves.
– Certificado de Cargas y Gravámenes de Embarcaciones Pesqueras.
– Certificado Positivo/Negativo de Propiedad Vehicular.
Es evidente que este nuevo servicio brindado por la SUNARP, constituye una importante innovación tecnológica en favor del usuario y del procedimiento administrativo, es más se verifican ventajas adicionales que no se apreciaban con la emisión del documento físico, tales como:
a) Los certificados digitales evitan la falsificación del documento, pues es verificable su autenticidad en el portal web de SUNARP con el código de verificación.
b) Los certificados digitales (dentro de su vigencia) pueden ser replicados por el usuario tantas veces lo requiera, evitando con ello solicitar otros ejemplares, conllevando un ahorro sustancial de dinero.
c) Descongestionamiento de las oficinas registrales a nivel nacional, pues estos certificados, son los servicios de mayor demanda en el registro.