Esterilizando a la gallina de huevos de oro

por | Ene 8, 2015 | Artículos | 0 Comentarios

Esterilizando a la gallina de huevos de oroResponsabilidad Penal de la Persona Jurídica

Ya no es novedad ver como el Estado impone cada vez más costos a las empresas y ya tampoco estoy seguro si la justificación en la Teoría del Riesgo tenga algo que ver al respecto, ¿será acaso que Estado, ante su ineficiencia en la lucha contra la criminalidad, está pretendiendo trasladar su responsabilidad?

Hoy determinado tipo de sociedades se encuentran obligadas a incluir en sus planillas Oficiales de Cumplimiento para la prevención de Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo, implementar costosos procesos de control Medio Ambiental e Insumos Controlados, asumir serias responsabilidades penales por meras infracciones administrativas, como la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Cómo el tema no cesa, el pasado 03 de diciembre del 2013 el Poder Ejecutivo ha propuesto al Legislativo un Proyecto de Ley con carácter de urgencia, por medio del cual pretende regular la responsabilidad autónoma de las personas jurídicas en delitos de corrupción, es decir y en términos simples, la sanción[1] directa a la empresa, sin necesidad de incluir en el proceso penal a alguna persona natural, salvo que las pruebas del caso lo involucren.

Más allá de las discusiones doctrinales de tipo penal que pudieran existir por ello y para que quede claro, me encuentro a favor de incluir la responsabilidad penal de la persona jurídica en nuestro ordenamiento legal, lo que cuestiono de este proyecto es la motivación que se pretende dar para incorporarlo, pues no encuentro en su exposición de motivos un desarrollo adecuado de política criminal que la valide, solo una mera justificación para ser miembros plenos de una Organización Internacional, ello a costo y cuenta –una vez más- de la propia persona jurídica.

Es cierto, es que este proyecto de ley, bajo pretexto de buscar formar parte de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, inmediatamente después de proponer la responsabilidad autónoma de la persona jurídica, pretende condicionar su impunidad con la implementación de un modelo de prevención de políticas anticorrupción. Brillante fórmula ¿no?; y ¿mañana tendremos modelos de prevención para el resto de delitos?

¿Es que acaso el Estado no se da cuenta que cada vez que impone un deber como estos a las empresas incrementa de algún modo su costo? Esto será más notorio aún en las empresas de menor envergadura.
Distinto sería si se tratara de una voluntad real de la empresa y no del mero cumplimiento de un deber impuesto, ¿o es que en verdad creen que una red criminal dedicada a éste tipo de delitos no podrá evadir estas limitaciones?, ¡claro que lo harán!, les costará un poco más de dinero implementar su modelo de prevención, pero estoy seguro que lo lograrán.
Basta ya de incorporar nuevos tipos penales innecesarios a nuestro Código y de aumentar indiscriminadamente las penas sin un criterio técnico adecuado, el sistema penal no es un cajón de sastre donde pueda caber cualquier problema social, la experiencia ha demostrado ya que criminalizar o sobrecriminalizar no reduce el índice de delincuencia.

No dudo la buena intención del Ejecutivo, pero no creo que la motivación expuesta resista un análisis adecuado de política criminal, coincido con la necesidad de empezar a imputar responsabilidad autónoma a las personas jurídicas y desarticular de este modo a tantas empresas “fantasmas” que se crean para la ocasión y esconder así la identidad de los delincuentes, pero no creo sea éste modo idóneo de hacerlo, en todo caso esperemos el debate del Congreso para ver qué sucede.

 

[1] Tales como la imposición de multa, disolución, clausuras de locales, cancelación de licencias, concesiones, derechos y otros, suspensión de actividades sociales, prohibición temporal o definitiva de llevar a cabo en el futuro actividades de la misma clase o naturaleza y suspensión temporal para contratar con el Estado.